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Licencias y Renuncias o Ceses de Cargos

LICENCIAS EN CASO DE RENUNCIAS

 

1) Funcionarios (docentes o no docentes) con más de un cargo en Facultad

Aquellos funcionarios que renuncien en un cargo, pero mantengan otro cargo en Facultad, deberán solicitar – antes de presentar su renuncia- su saldo de licencia a la Sección Contralor de Asistencia.

Una vez conocido el saldo, se indicará en el formulario de renuncia que la licencia del cargo al que se está renunciando, se “transfiera” al cargo en el que se permanece.

 

2) Funcionarios (docentes o no docentes) con un solo cargo en Facultad y otro cargo en otro servicio de la Universidad

Aquellos funcionarios que renuncien a un cargo en Facultad, pero tengan otro cargo en otra Dependencia de la Universidad, deberán indicar en el formulario, que la licencia se “transfiera” al cargo de la otra dependencia.

Deberán solicitar en sección Contralor de Asistencia un informe de saldo para presentar en el servicio que corresponda a efectos de acreditar el saldo.

 

 

3) Funcionarios (docentes o no docentes) que presentan renuncia y se desvinculan totalmente de la Facultad y de la Universidad.

Antes de presentar la renuncia, deberán consultar en la sección Contralor de Asistencia, el saldo de licencias que tiene.

Una vez conocido el saldo, fijará la fecha de renuncia habiendo calculado el goce previo de las licencias que tenga.

En el formulario de renuncia deberá indicar que van a “usufructuar” la licencia.

 

Excepción: si la renuncia es urgente y no diese el tiempo de usufructuar previamente la licencia, se puede pedir el pago de la licencia generada y no gozada.

Se pagan la licencia anual y la licencia por antigüedad y hasta 60 días.

 

LICENCIAS EN CASO DE CESE POR VENCIMIENTO DEL CARGO

 

El Director o responsable directo, debe comunicar al funcionario (docente) que no se solicitará la prórroga del cargo con la suficiente antelación para que éste pueda usufructuar la licencia que haya generado, transferir la misma a otro cargo (si correspondiese) o cobrar la licencia generada y no gozada.

El interesado deberá consultar su saldo a la sección Contralor de Asistencia y decidir si usufructuarla, transferirla a otro cargo (si correspondiese).

Excepcionalmente y si el interesado no ha podido gozar la licencia, deberá iniciar el tramite solicitando el pago de la licencia generada y no gozada.

Se pagan la licencia anual y la licencia por antigüedad y hasta 60 días.

 

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